Bienvenido al Canal de Denuncias de Trendy S.A

Industria de Alimentos Trendy S.A basa todo su quehacer en un alto estándar ético, permitiendo construir relaciones honestas, sólidas y confiables entre sus colaboradores, así como con todos quienes se relacionan con nuestra empresa. Por lo anterior, ponemos a disposición de nuestros ejecutivos, colaboradores, proveedores, clientes, contratistas, asesores y del público en general este Canal de Denuncias y Reclamos, simple y seguro, que garantiza el anonimato y la confidencialidad de quien formula la denuncia, si así lo requiere. Nuestro compromiso, es que todos los comentarios, reclamos, denuncias recibidas a través de este canal serán atendidas y, si el caso lo amerita, investigadas de acuerdo a las normas vigentes. Trendy S.A prohíbe cualquier forma de represalia en contra quien haga una denuncia por este medio, independientemente del resultado de la denuncia, tales como despidos injustificados, traslados repentinos, discriminación, maltrato, etc. Invitamos a todos a informarse de esta herramienta en nuestro link de preguntas frecuentes, contribuyendo a reforzar nuestro compromiso con los valores de Trendy S.A





Seleccione el tipo de reclamo para ver más detalles de esta

Son los aspectos de un producto que pueden causar enfermedad ó muerte. Éstos pueden ser biológicos, físicos, o químicos. Ejemplo: presencia de microorganismos (bacterias, hongos), residuos de químicos, presencia de metales en el producto, etc.
Son características o elementos indeseables presentes en un producto, que no ocasionan enfermedad o muerte. Ejemplo: presencia de materias extrañas al interior del envase (pelos, insectos), humedad en la caja (envase secundario), etiqueta mal puesta, etc.
Son acciones accidentales o intencionales, que resultan en engaño al cliente y/o consumidor.
Ejemplo: Peso no corresponde al declarado en etiqueta, etiquetas con información incorrecta variedad no correspondiente al declarado, menor cantidad de unidades o de producto en cajas.


Seleccione el tipo de denuncia para ver más detalles de esta

Requerimiento de carácter sexual no consentido por quien lo recibe y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo. Debe entenderse de un hombre a una mujer, de una mujer a un hombre o entre personas del mismo sexo.
Ejemplos:
  • Requerimientos formulados por un superior a un subordinado para que se preste para una actividad sexual si quiere conseguir o conservar ciertos beneficios laborales (aumentos de remuneraciones, ascensos, traslados o permanencias en determinados puestos).
  • Uso de términos de naturaleza o connotación sexual (escrito o verbal), insinuaciones o proposiciones sexuales, gestos obscenos que resulten insoportables, hostiles, humillantes u ofensivos a la víctima.
  • Acercamientos corporales, roces, tocaciones u otras conductas físicas de naturaleza sexual que resulte ofensiva u hostil y no deseado por la víctima.
Toda conducta abusiva por parte de una jefatura en la ejecución de acciones o funciones de los colaboradores que estén dentro o fuera del ámbito laboral.
Ejemplos:
  • Trato vejatorio, agresión u hostigamiento que produzca menoscabo, maltrato o humillación, o que constituyan una amenaza o perjuicio en la relación laboral de quien la recibe.
  • También se considerarán las declaraciones verbales persistentes no deseadas que son degradantes, ofensivas o intimidantes.
  • Desconocer las observaciones de orden ético, profesional, técnico o laboral que sean representadas en el desarrollo de las funciones o direccionamientos de superiores a subordinados y entre pares.
Trendy ha estado desde siempre comprometida con una conducta comercial responsable, buscando respetar siempre las normas y comportamientos que permiten la existencia de una competencia vigorosa, sana y justa entre los distintos actores del mercado.

Por lo anterior, como compañía no toleramos:
  • Acuerdos entre competidores (directos o indirectos) con el objeto de:
  • Fijar precios de venta sobre un determinado bien o servicio.
  • Fijar o establecer condiciones de comercialización como la estandarización de rebate u otra variable comercial.
  • Asignar zonas o cuotas de mercado o clientes. Por ejemplo, un competidor se asigna el norte del país y otro el sur.
  • Excluir clientes o boicot colectivo, como, por ejemplo, cuando dos o más competidores acuerdan imponer condiciones gravosas a un tercero/cliente, el que finalmente se ve excluido de comercializar.
  • Afectar los resultados en procesos de licitación. Se incluye en estas conductas la comunicación a los demás interesados en la licitación de que no se presentará ninguna oferta.
  • Abusos de posición dominante, como por ejemplo efectuar ventas atadas: imponiendo a la venta de un producto la de otro producto distinto.
  • Efectuar actos de competencia desleal que tengan por fin desviar la preferencia del consumidor por un determinado competidor a través de medios ilegítimos y contrarios a la buena fe.
  • Acciones que afecten el patrimonio de la Compañía y sean ejecutadas por colaboradores, clientes o proveedores, tales como la sustracción o el retiro no autorizado de equipos, muebles, accesorios, productos, dinero, mercadería y otros bienes de la empresa.
  • Situaciones de colusión entre colaboladores de la empresa y terceros para obtener beneficios económicos ilícitos en desmedro de la Compañía.
  • Acciones ilícitas que causen perjuicio a la Compañía, como trabajo realizado en forma deshonesta o deliberadamente erróneo, la manipulación sistémica del registro de activos y transacciones, el manejo de inventarios, intervención ilícita de los sistemas y datos, etc.
  • Mal uso de los recursos y activos de la empresa
  • El delito de Cohecho es ofrecer o consentir que se ofrezca o se entregue a funcionarios públicos nacionales o extranjeros un beneficio económico en su favor o para un tercero, a fin de que no realice sus funciones, o bien omita sus obligaciones al observar infracciones detectadas en función de su cargo.
  • El Lavado de Activo dice relación al ocultar o disimular el origen ilícito de determinados bienes o dineros, a que proviene de hechos constitutivos de delito.
  • El delito de Financiamiento al terrorismo se refiere a que por cualquier medio directa o indirectamente se solicite, recaude o provea fondos que sean con utilizados para la comisión de delitos tipificados como de carácter terrorista.
Toda Conducta observada que infrinja las Políticas de la Compañía, el Código de Ética, el Reglamento Interno o bien otras normas obligatorias.
Algunos ejemplos:
  • Obstaculizar decisiones beneficiosas para la empresa por razones de interés propio.
  • Evaluar o seleccionar proveedores con interés personal, familiar o económico.
  • Trabajar para o asesorar a competidores.
  • Influir en la contratación de servicios de terceros con los cuales existe un vínculo comercial o familiar.
  • Entregar a terceros información confidencial o reservada de la empresa.
  • Entregar trato preferente a clientes o proveedores por vínculos familiares o personales.
  • Solicitar o aceptar regalos o donaciones indebidas de proveedores para influir en nuestras decisiones.
  • Ocultar cualquier información sobre debilidades observadas en el modelo de control interno de la Compañía.
  • Utilizar activos de la empresa en beneficio propio en desmedro de la Compañía
  • Informe de cualquier actividad realizada por personal de Trendy que pueda afectar la inocuidad de las materias primas, materiales de envase embalaje o del producto terminado.
  • Cualquier actividad que pueda afectar las condiciones higiénicas de las zonas limpias.
  • Cualquier incumplimiento de las Normas de Salud e Higiene del personal.
  • Cualquier actividad sospechosa que pudiese terminar en la adulteración de una materia prima o producto terminado.
  • Cambio de estado del producto, que se haya realizado por un área que no sea una Jefatura del área de Calidad.
  • Despacho de producto retenido o en estado de decomiso.
  • Instrucciones dadas al personal que atenten contra la Política de Calidad e Inocuidad de Trendy.
  • Incumplimiento de los procedimientos, instructivos o registros del sistema de gestión de Inocuidad.
  • Situaciones experimentadas por nuestros clientes en sus relaciones con Industria de Alimentos Trendy S.A (personal de venta, comunicación con call center, despacho de mercadería a domicilio, etc.) y que se vean menoscabados o sus derechos incumplidos.
  • Situaciones que afecten a los derechos fundamentales de nuestros clientes en la Ley de Protección al Consumidor, como productos en mal estado, mal trato de los colaboradores, mala atención, cobros de más, u otros actos que lo menoscaben y afecte su confianza, la exactitud e imparcialidad.
  • Situaciones de discriminación a clientes por sexo, edad, religión o credo, raza o condición social.
  • Actos observados en que se vulnere el principio de equidad en el trato con los proveedores, favoreciendo en forma arbitraria a unos en desmedro de otros.
  • Falta de transparencia en las asignaciones de contratos de compra de bienes y servicios a terceros por parte de Trendy S.A.
  • Asistencia del personal de Trendy S.A sin conocimiento de su respectiva jefatura a actividades con proveedores y demás personas vinculadas con ellos y que pueden estimarse como inductivas a orientar las decisiones de la empresa.
  • Tratos discriminatorios o irrespetuosos, como acoso laboral, sexual o psicológico, en el evento de ser víctima o victimario de estas conductas.
  • Obviar u omitir antecedentes de idoneidad y respeto a la legislación vigente (laboral, tributaria, sanitaria, leyes especiales que protegen a los menores de edad, etc).
  • Solicitud de regalos o donaciones para favorecer a un proveedor